Es aquella obligación de responder de los actos realizados personalmente o por otras personas hacia las que se tiene control o autoridad, cuando estos causen un daño, la respuesta habitual es una indemnización económica
Cuando solicitamos una reclamación por responsabilidad civil, estamos pidiendo, ante un daño que se nos ha causado, que se nos compense o, en otras palabras, estamos ante una reclamación por daños y perjuicios materiales o personales que un tercero nos ha ocasionado
La persona causante puede ser persona física o persona jurídica (empresas y otras organizaciones de entidad jurídica, tanto de carácter privado como público)
El artículo 1902 del Código Civil establece que “el que por acción u omisión causa un daño a otro, si interviene culpa o negligencia, queda obligado a reparar el daño causado”
La responsabilidad civil también puede derivarse del ilícito penal, es decir, de la comisión de un delito. En este caso, se regula en el Código Penal y su finalidad es la misma que la responsabilidad civil general: reparar los daños causados
El abogado estudiará las cláusulas del contrato o acuerdo y decidirá cuál es la vía judicial más adecuada para interponer una reclamación por responsabilidad civil, así como pedir una reclamación por daños y perjuicios
El abogado estudiará el caso concreto, la situación que llevó a la causa del daño, quién es el responsable a demandar y cuál es la vía judicial a seguir
En Gesticonta disponemos de asesoramiento a los dos tipos de responsabilidad civil, visítenos y estudiaremos su caso y daremos respuesta a tus consultas
Dada la complejidad de cualquiera de estas vías, la asistencia del abogado se hace necesaria (incluido en el juicio verbal), por lo que os recomendamos que contacte con un abogado especializado en reclamaciones de responsabilidad civil, que le asesore y asista durante todo el procedimiento, desde el estudio del asunto hasta la elección de la vía jurídica más adecuada para conseguir una resolución favorable y satisfactoria y una indemnización por los daños y perjuicios causados
Nosotros ofrecemos todos estos servicios, y en caso de cualquier duda, a pesar de la explicación ofrecida, le invitamos a que solicite una visita con nosotros en la que escucharemos su petición, estudiaremos el caso y tramitaremos si resulta conveniente, la vía jurídica para lograr la satisfacción del procedimiento y el resarcimiento oportuno
La legislación establece unos plazos de prescripción para reclamar responsabilidad civil contractual. Con carácter general, el artículo 1964.2 se establece con el siguiente tenor literal: las acciones personales que no tengan un plazo especial prescriben a los 5 años desde que pueda exigirse el cumplimiento de la obligación
Por tanto, se establece un plazo de 5 años desde que se puede exigir el cumplimiento de las obligaciones reconocidas en el contrato o acuerdo, siempre que no exista un plazo especial de prescripción
El plazo de prescripción de la responsabilidad civil extracontractual es de un año desde el conocimiento del daño o perjuicio causado. Por último, el plazo de prescripción para reclamar responsabilidad civil derivada de un delito es de 5 años
Queremos poner de manifiesto, que cualquiera de los plazos de prescripción que hemos citado pueden quedar interrumpidos para no perder el derecho a reclamar, por tanto, cada vez que se realice una nueva reclamación, el plazo volverá a empezar a contar
Nuestro equipo estudiará el caso concreto y le recomendará la mejor vía y procedimiento a seguir para lograr con éxito la satisfacción del procedimiento y alcanzar el resarcimiento de los daños causados con la respectiva indemnización. Pues, junto con las diversas reclamaciones que le hemos mencionado, nuestro equipo también puede solicitar reclamaciones por responsabilidad civil como las que a continuación le citamos
El ámbito de reclamaciones por responsabilidad civil es muy amplio y de esta manera, si se ve afectado por alguna de las situaciones mencionadas y cree que un asesoramiento y una asistencia legal es la mejor vía para tramitar el procedimiento, en Gesticonta ejecutaremos todas las actuaciones pertinentes