Las reclamaciones de carácter laboral son muchas, algunas de ellas se incluyen en demandas laborales por despido, por horas extras, por clasificación de categoría profesional, entre otros. Sin embargo, una de las más frecuentes es la reclamación de cantidad laboral. Lo observaréis a continuación en una serie de preguntas y respuestas, las cuales pueden daros unas nociones básicas, aun así, contar con la ayuda de un profesional experto en materia laboral resulta conveniente, por lo cual en Gesticonta contamos con un equipo con amplia experiencia en materia de reclamaciones de cantidad, que lo asesorarán y guiarán en todo momento, teniendo en cuenta sus necesidades concretas
La reclamación de cantidad laboral consiste en una demanda judicial en la que se detalla el importe de la deuda y se acredita la relación contractual y laboral entre el trabajador y el empresario
Implica la exigencia por parte del trabajador del pago de una cantidad económica que la empresa no le ha hecho efectiva, cantidad que se le debe al trabajador
El derecho a realizar una reclamación de cantidad se desglosa con el apartado primero del artículo 5 de la Ley de Enjuiciamiento Civil a través del cual puede solicitarse la tutela jurisdiccional. A su vez, el apartado tercero del artículo 29 del Estatuto de los Trabajadores facilita la posibilidad de reclamar cierta cantidad a la empresa por la que se está desarrollando una actividad junto con el interés legal
Se obliga al órgano judicial a dictar el deber del demandado para que cumpla con lo que se le reclama
Para empezar el procedimiento de reclamación, es necesario atender con lo establecido en el artículo 1089 del Código Civil, del que se extrae que se necesita una obligación de pagar una determinada cantidad y, que ésta tenga origen en la ley, contrato, casi-contrato o en acto u omisión ilícita
La reclamación de cantidad alude a la solicitud de un pago que debía efectuarse, de modo que el transcurso del tiempo sin abonar esa cantidad, puede generar intereses, pudiendo ser éstos de distinta naturaleza:
Las reclamaciones de cantidad pueden distinguirse atendiendo a su objeto, es decir, que pueden ser:
Esta reclamación puede realizarse a través de los siguientes procedimientos judiciales:
El plazo de reclamación prescribe al cabo de un año, y puede incluir la solicitud el 10% del salario del último año natural en concepto de intereses
Este proceso supone la solicitud de la extinción del contrato laboral en caso de impagos o retrasos continuados en el abono del salario pactado. Si el juez estima la demanda, se tendrá derecho a una indemnización equivalente a la que se percibe en caso de despido improcedente
Los salarios y pagas extraordinarias pendientes de pago a causa de la insolvencia o el concurso de la empresa. Existe un importe máximo que corresponde al doble SMI, el salario mínimo interprofesional
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