A menudo, disponemos de una deuda que debemos cobrar, pero no se nos hace efectivo este cobro. En estas situaciones el principal consejo es no demorar la reclamación a través de un profesional, ya que cuando una persona no paga dentro del plazo establecido o al plazo al que se comprometió, evidencia una situación de dificultad económica o la voluntad de no hacer efectivo el pago. Estos impagos, por parte de los clientes, proveedores y otros, en el entorno empresarial provocan dificultades, preocupaciones y “angustia” a los acreedores, que ante esta situación no saben cuál es la vía a emprender

La demora de la reclamación actúa en perjuicio de la persona reclamante, ya que, en estas situaciones el deudor puede haber hecho desaparecer su patrimonio o haber agravado su situación, por lo que esto supondrá todavía mayores dificultades a la hora de obtener la deuda o cantidades impagadas

¿Qué hacer si un cliente no paga?

Primeramente, debe disponer de toda la documentación necesaria, como facturas, albaranes, documentos de trabajo, etc. Cuando esté determinada la cantidad exacta y agotado el plazo de pago, una de las primeras opciones es iniciar una reclamación extrajudicial, la cual se realiza, de forma general, mediante burofax, que permita acreditar el requerimiento. Sin embargo, puede efectuarse a través de correo electrónico, llamada telefónica o cualquier otro medio que pueda acreditar de forma fehaciente este requerimiento

Si efectuado el requerimiento, ¿sigo sin recibir las deudas impagadas, que hago?

En caso de que efectuado el requerimiento, no se ha recibido ninguna respuesta ni ninguna solución con la advertencia, se puede optar en dos formas de reclamación del hecho impagado. La primera forma es recurrir a la vía judicial interponiendo demanda de reclamación de las cantidades impagadas (ver reclamaciones laboralesdonde encontrará información que le puede resultar útil respecto a impagos de cantidades de carácter laboral); como segunda forma, recurrir a la vía del acto de conciliación. Visítanos y te explicaremos detalladamente en qué consiste la vía de la conciliación y cuáles son sus ventajas

Optar por la vía judicial

La demanda judicial contra el deudor supone la iniciación del llamado procedimiento monitorio. Una vez admitida a trámite la demanda, se requerirá al deudor para que en el plazo de 20 días pague o se oponga. Agotado el plazo sin pronunciamiento del deudor, el juez determinará la finalización del procedimiento; en este caso se podrá solicitar la ejecución de títulos judiciales, es decir, pedir que se ejecute el embargo contra los bienes y/o propiedades del deudor en la cantidad suficiente para satisfacer el importe

¿Qué sucede si el deudor se opone a la deuda?

Si el deudor se opone a la deuda alegada con los motivos que considere oportunos, el procedimiento continuará de manera diferente. En este caso el juez competente archivará la causa del procedimiento monitorio. A continuación, se determinará que se proceda a la continuación del procedimiento declarativo que corresponda. Este procedimiento podrá continuar su tramitación mediante juicio verbal u ordinario dependiendo de la cuantía que se esté reclamando

¿Qué debo tener en cuenta en la reclamación de deudas?

Antes de iniciar cualquier procedimiento de este tipo, es necesario examinar detenidamente la documentación de la que se dispone. Recordamos que es importante disponer de la documentación en la que queda reflejada la cantidad requerida. Además, hay que analizar la viabilidad procesal del asunto, pero no sólo ésta, sino también la viabilidad de eventuales embargos o ejecución de bienes del deudor para liquidar la deuda, intereses y gastos que ha ocasionado el procedimiento

Como hemos visto, antes de ir a la vía judicial, podemos recurrir al requerimiento extrajudicial si se cree que puede ser una forma de resolución eficaz, de lo contrario, debe recurrirse a un procedimiento monitorio, juicio verbal u ordinario de reclamación de cantidad o un procedimiento de ejecución de sentencia en su caso, tal y como se ha explicado en este artículo

¿Qué podemos hacer por ti?

Te atenderemos al momento, escucharemos tus peticiones y pensaremos en la mejor estrategia. Disponemos de los recursos suficientes y del conocimiento necesario para defender los intereses de nuestros clientes con el fin de conseguir el mejor resultado. Para cualquier cuestión o duda póngase en contacto con nuestro departamento jurídico para que analicemos su caso y para valorar la opción más favorable para sus intereses