¿Qué son los certificados catastrales?

Son documentos oficiales acreditativos de los datos que están recogidos en la base de datos del catastro

Certificaciones catastrales existen

Existen diferentes tipos de certificaciones catastrales:

  • Las certificaciones catastrales literales, que contienen datos alfanuméricos sobre los bienes inmuebles
  • Las certificaciones catastrales descriptivas y gráficas, que contienen los datos básicos de carácter físico, jurídico y económicos del bien inmueble al que se refiere y también su representación gráfica

¿Qué podemos tramitar delante del catastro?

Se pueden realizar diferentes trámites ante catastro, siendo algunos de los ejemplos, los siguientes:

  • Declaración de alteración catastral de bienes inmuebles: Modelo 900D
  • Solicitud de baja del titular catastral
  • Recurso de reposición contra un acto administrativo de la D.G. del Catastro
  • Recurso de altura
  • Etc.

¿Qué supone la Orden HAC/1293/2018, que entró en vigor en diciembre de 2018?

Mediante esta orden se aprobó el modelo de declaración catastral 900D que integra los modelos de declaración 901, 902, 903, 904, debiendo realizarse a través del mismo, la declaración de hechos, actos o negocios que afectan a los bienes inmuebles urbanos, rústicos y de características especiales

¿Qué eran los modelos 901, 902, 903, 904?

Se pueden realizar diferentes trámites ante el catastro como por ejemplo:

  • El modelo 901N: declaración catastral por alteración de la titularidad y por variación de la cuota de participación en bienes inmuebles
  • El modelo 902N: declaración catastral por nueva construcción, ampliación, reforma o rehabilitación.
  • El modelo 903N: declaración catastral por agregación, agrupación, segregación o división
  • El modelo 904N: declaración por cambio de clase de cultivo o aprovechamiento, cambio de uso y demolición o derrumbe

Todos estos modelos, actualmente se integran en un modelo de declaración de alteración catastral, el modelo 900D

¿Cuál es el plazo de presentación?

El plazo de presentación es de dos meses a partir del día siguiente a la fecha del hecho, acto o negocio declarado

¿Cuál es el plazo de resolución?

El plazo de resolución es de seis meses.

¿Qué efectos se generan de la falta de resolución en plazo?

Los efectos a falta de resolución serán desestimatorios

¿Qué ofrecemos en Gesticonta?

Presentaremos el modelo 900D y cualquier otra presentación telemática de declaraciones catastrales para conseguir que los procedimientos se tramiten de forma preferente y a través de medios telemáticos. Ofrecemos asesoría para todas las declaraciones catastrales de alteración de bienes y inmuebles, y te facilitamos la posibilidad de declarar a su vez diferentes alteraciones de diferentes tipos. Estas alteraciones pueden ser cambios de titularidad, cambio de uso de fincas y locales, altas y bajas de inmuebles/parcelas y agregaciones o segregaciones del parcelario. Consúltanos