La más inmediata es el cierre registral. ¿Qué significa exactamente? Esto significará la no inscripción en el registro mercantil de cualquier documento, con algunas excepciones como pueden ser:
Puede darse el caso de que no se puedan aprobar las cuentas y por lo que no se presenten, pero para poder evitar el cierre del registro, es pertinente presentar una certificación del órgano de administración haciendo constar este hecho
El importe de la sanción podrá ser entre 1.200 y 60.000 € en sociedades con un volumen de facturación menor de 6.000.000 €. Si la cifra de facturación es superior, pueden llegar hasta los 300.000€
En la última ley de prevención y lucha contra el fraude fiscal, dejó todas estas sociedades inactivas, o como dicen ellos, sociedades fantasma, en una postura muy incómoda. Las sociedades inactivas no podrán realizar inscripciones en cualquier registro público
También aunque la sociedad esté inactiva tendrán la obligación de presentar el impuesto de sociedades, la no presentación significará la apertura de expediente sancionador por parte de hacienda. Si la sociedad está inactiva más de un año, supondrá que está en causa de disolución, y si como administrador no se convoca la junta general, puede incurrir en las deudas sociales a partir de ese momento
Por lo que nosotros recomendamos la disolución y liquidación de la misma. Aunque a corto plazo salga más caro, a la larga puede ahorrarse un montón de problemas
Si el motivo del cierre fue debido a la no presentación de las cuentas anuales, deberá depositarse los tres últimos ejercicios, más el ejercicio en curso que se pretende depositar. ¿Y si el cierre del registro es por motivo de la baja del índice de entidades? Entonces habrá que ver cuál fue el motivo, normalmente por la falta de presentación del impuesto de sociedades, por lo que con la presentación de los ejercicios pendientes no prescritos
Tal y como se puede constatar, las obligaciones tanto fiscales, como contables son variadas y todas con su problemática y con posibilidad de sanciones económicas, por eso nosotros podemos estar trabajando por el cumplimiento de toda esta normativa continuamente cambiante. Déjese guiar, haremos el seguimiento de todas las obligaciones fiscales y mercantiles. Con nosotros podrá estar tranquilo y velaremos en todo momento por sus intereses